Luego de la aprobación de la ley Bases económica, el Poder Ejecutivo se respalda en el Congreso para implementar su plan de gobierno en otras dos áreas: la reforma electoral y un nuevo régimen de seguridad. Esta misma semana, la Cámara de Diputados le puede dar media sanción (aún resta la decisión del Senado) a un proyecto que cuenta con el tutelaje de Patricia Bullrich: reiterancia, reincidencia y unificación de penas.
Los tres abordajes que integran la propuesta oficialista comparten un objetivo: ampliar las condiciones para que la Justicia dicte la prisión preventiva y establecer penas más largas a aquellas personas involucradas en más de un delito. «La policía, en reiteradas ocasiones, detiene a los delincuentes, pero estos vuelven a las calles rápidamente porque el sistema judicial no tiene las herramientas necesarias para aplicar sanciones más efectivas», le expresó a Ámbito la titular de la Comisión de Legislación Penal en Diputados, Laura Rodríguez Machado (PRO).
El argumento de la «puerta giratoria» y las tratativas del Gobierno nacional con sus aliados terminaron de alinear a la mayoría de los bloques parlamentarios para la media sanción. Se especulaba con la posibilidad de que faltara el quórum para tratar el proyecto esta misma semana, pero un aliado provincialista del Ejecutivo lo desmintió: «Nosotros no nos vamos a levantar ni para ir al baño». De alcanzar la aprobación, se sumaría al debate de la ley Antimafias en el Senado. También ya fue institucionalizada la ampliación del Registro Nacional de Datos Genéticos.
Unión por la Patria y el Frente de Izquierda son los únicos que le anticiparon a este medio que votarán en contra. «Resulta un instrumento que no supera el mínimo test constitucional y convencional», dice el dictamen peronista, que rechaza el proyecto oficialista, y añade: «Amplificará la violencia estatal contra ciudadanos que gozan del estado de inocencia, permitiendo desvirtuar dicho principio para acallar reclamos y encarcelar personas».
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Mariano Cúneo Libarona y Patricia Bullrich, ministros de Justicia y Seguridad.
Justicia
Reformas de seguridad: qué dicen los especialistas
Consultados por Ámbito, representantes de organizaciones activas en el debate parlamentario opinaron sobre estos instrumentos.. «Desnaturalizan el uso de la prisión preventiva y refuerzan un problema histórico: el uso de esa herramienta como un castigo anticipado, en lugar de hacer un uso excepcional para evitar la fuga o el entorpecimiento de una investigación. Con la noción de ‘reiterancia’, se abre la puerta para que los jueces, sin pruebas concretas y ante una mera ‘sospecha’, apliquen ese castigo anticipado», señaló Manuel Tufró, director de Justicia y seguridad del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), quien precisó que «la mitad de los presos en las cárceles y comisarías no son personas condenadas, sino con prisión preventiva. Ese fenómeno se va a agravar aún más si se aprueba esta ley».
Su mirada es compartida por Kevin Nielsen, vicepresidente de la Asociación Pensamiento Penal (APP), quien subrayó que la reforma se aplicaría en cárceles federales: «El verdadero peligro radica en que se presenta como una solución efectiva, lo que podría llevar a que las provincias la imiten rápidamente para estar ‘a tono’ en esta especie de carrera punitiva. Si las provincias lo receptan, como ya lo hizo la ciudad Autónoma de Buenos Aires, el impacto sobre los sistemas de encierro podría ser catastrófico». «Enfrentamos una crisis humanitaria sin precedentes por al alojamiento de personas en comisarías, que no están preparadas para tal fin», recordó.
En simultáneo, ambos especialistas respondieron sobre la posibilidad de que el agravamiento de penas desestimule la concreción de delitos. «Nunca, en ningún lugar, se comprobó fehacientemente que el aumento de penas tenga un efecto disuasivo sobre la comisión de delitos», dijo Trufo y lamentó que «a pesar de esta ausencia de evidencia, se propone cada vez más endurecimiento. El punitivismo se retroalimenta y nunca rinde cuentas de su histórico fracaso».
«Excepto en los casos de criminalidad económica, corrupción u otros delitos más especulativos, la amenaza de pena no disuade la conducta delictiva. No entra en el cálculo de la persona que comete pequeños delitos contra la propiedad ni el agravamiento en la pena ni el hecho de que haya prisión preventiva por reiteración delictiva», fue el análisis de Nielsen.
«Estamos ante el círculo punitivo perfecto. Cuanto más se desmantela el Estado de bienestar, presente y contenedor, mayor es el crecimiento de la inseguridad y, en consecuencia, del sistema penal como única respuesta. Pero, además, ese sistema se volvió aún más básico de lo que ya era. Antes, además de encerrar a quienes cometían un delito, al menos existía la pretensión de resocializarlos durante el encierro. Hoy esa intención fue reemplazada por un único objetivo: la neutralización. El encierro por el encierro mismo. Y para eso, no hace falta probar los delitos en un juicio ni que un juez determine la culpabilidad», concluyó el referente de APP.
El dirigente del CELS también reflexionó sobre el proyecto político de seguridad de la actual gestión, considerando que su objetivo «no es reducir el delito, para lo cual deberían intervenir en los factores que lo producen, sino apostar a que el accionar policial y judicial tenga cada vez menos controles y límites«. «Tener otro abordaje implica una mirada en la que distintos tipos de acciones de inclusión social y reconstrucción del tejido comunitario en las zonas más complicadas se combinen con reformas en la policía y en el Poder Judicial para modernizar y democratizar esas instituciones», contrastó.
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Las cárceles de la Argentina tienen un 18,1% de soprepoblación a nivel federal.
Reincidencia, reiterancia y unificación de penas: detalle de los proyectos
Las propuestas presentadas por el Poder Ejecutivo buscan reformar el Código Penal en su artículo 50 para agravar en un tercio la condena para los reincidentes («toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de la libertad»). También se sustituye el artículo 55 para unificar condenas, indicando que «la pena aplicable al reo tendrá como mínimo, el mínimo mayor y como máximo, la suma aritmética de las penas máximas correspondientes a los diversos hechos».
En cuanto a la reiterancia delictiva (conducta transgresora de la ley en la que no se produjo condena), comenzaría a considerarse como argumento para determinar la prisión preventiva durante una investigación (modifica artículo 218 del Código Procesal Penal). En ese marco, se establecen figuras que amplían las condiciones para la prisión preventiva: presunción de peligro de fuga, de obstaculización de la investigación y de reiterancia delictiva.
Finalmente, el juicio en ausencia modifica la legislación procesal penal para permitir la continuidad y la culminación del proceso penal aunque se dé la ausencia del imputado en algunos delitos. En ese marco, la autorización se concretaría cuando un juez declara rebeldía del imputado por no comparecer ante el Tribunal, por ausentarse en su domicilio sin justificación o por haberse fugado de su lugar de detención, en caso de determinados delitos considerados graves.
Proyecto completo
Proyecto de Ley Reiterancia.pdf