jueves, 20 febrero, 2025
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La Corte Suprema reforzó su postura sobre el caso Levinas y desestimó los planteos judiciales

La Corte Suprema de Justicia rechazó los planteos que formularon la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y el Ministerio Público de la Defensa en donde se pedía la revocatoria y suspensión de efectos del llamado fallo Levinas. Según los integrantes del máximo tribunal, los planteos resultan “inadmisibles”.

Es en referencia a la resolución que ratificó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires es el órgano revisor en las causas que sean tramitadas en los tribunales nacionales.

La asociación que nuclea a los jueces y el Ministerio Público de la Defensa no formaban parte del expediente civil en el que se discutía la demanda presentada por los herederos del artista plástico León Ferrari contra el periodista Gabriel Levinas, a quien acusaban del robo de obras de arte.

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El periodista Gabriel Levinas

A pesar de ello, en el marco de esta causa, ambas entidades acudieron a la Corte Suprema con un recurso para intentar revertir el criterio establecido por mayoría por el máximo tribunal el pasado 27 de diciembre.

«Tal solicitud resulta inadmisible. Este Tribunal ha sostenido en reiteradas ocasiones que no pueden interponer el recurso previsto en el artículo 14 de la ley 48 –y debe aplicarse el mismo criterio a la reposición aquí solicitada– aquellos que no sean parte legítima en el proceso, incluso si argumentan que la resolución impugnada les causa un perjuicio. Además, no se configuran en este caso las circunstancias excepcionales que han permitido apartarse de este principio en otras ocasiones», expresaron los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti.

«A esto se suma que el planteo resulta improcedente, ya que, conforme lo ha sostenido esta Corte en repetidas oportunidades, sus sentencias definitivas e interlocutorias no pueden ser modificadas mediante un recurso de revocatoria (artículos 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) ni por el de nulidad, salvo en casos excepcionales que no se dan en esta instancia. Por ello, se desestima el recurso presentado. Notifíquese», resolvió el tribunal.

El juez Carlos Rosenkrantz adhirió a la decisión: «Comparto los fundamentos del voto que antecede para rechazar el recurso interpuesto, sin que ello implique una modificación de mi disidencia en dicha sentencia».

A pesar de un fallo de la Corte, la Cámara Civil rechaza enviar sus sentencias al Tribunal Superior porteño

¿Por qué ahora?

La respuesta de la Corte se produce en un contexto en el que tres cámaras del fuero nacional –la Cámara en lo Civil, la Cámara del Trabajo y la Cámara del Crimen– expresaran rechazo al fallo del máximo tribunal y desconocieran al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires como instancia revisora de sus sentencias. Esta decisión también impactó en otros incidentes similares planteados en las causas SOCMA, N.N.E., Miranda, Lupetti, L.A.P., GERA, GCBA, Chocobar y Antonio Barillari SA.

Los herederos del artista León Ferrari habían demandado al periodista Gabriel Levinas por la presunta apropiación indebida de obras de arte. Este caso, que se tramita en la justicia civil, llegó a la Corte Suprema de Justicia. La resolución de este conflicto podría establecer un precedente legal significativo.

La Corte Suprema está evaluando si las causas iniciadas en la justicia nacional de la Ciudad de Buenos Aires pueden ser apeladas ante el Superior Tribunal de Justicia porteño. Una decisión en este sentido no solo afectaría el caso Ferrari-Levinas, sino que también podría influir en otros litigios, como la disputa entre el expresidente Mauricio Macri y el Estado por la deuda del Correo Argentino. Esto se debe a que, de permitirse la intervención del tribunal porteño, las estrategias legales en casos similares podrían modificarse sustancialmente.

TC / ds

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